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Ayudas destinadas a paliar daños personales, en vivienda y enseres, en establecimientos industriales, mercantiles, agrarios, marítimo-pesqueros, turísticos y de otros servicios, en explotaciones agrícolas y ganaderas, y por prestaciones personales o de bienes de personas físicas o jurídicas.
BOE 28-1-17 en el que se publica el RD 2/2017 que incluye Ayudas destinadas a paliar daños personales, en vivienda y enseres, en establecimientos industriales, mercantiles, agrarios, marítimo-pesqueros, turísticos y de otros servicios, en explotaciones agrícolas y ganaderas, y por prestaciones personales o de bienes de personas físicas o jurídicas.
1- Ayudas por la destrucción o daños de enseres y viviendas:
- Por destrucción total de la vivienda habitual: Hasta 12600€
- Por daños en la estructura de la vivienda habitual: hasta 8600€
- Por daño en la vivienda que no afecten a la estructura: hasta 4300€.
- Por daño enseres domesticos de primera necesidad: hasta 2150€
2- Ayudas destinadas a paliar daños en establecimientos industriales, mercantiles, agrarios.
- Por daños : hasta 8000€
3- Ayudas a titulares de explotaciones agrícolas y ganaderas, que teniendo polizas del Plan de Seguros Agrarios Combinados, hayan sufrido daños no asegurables:
- Por daños: hasta 8000€
4- Beneficios fiscales en las cuotas del IBI:
- Excención de la cuota anual del ejercicio en que haya tenido el siniestro cuando se haya producido realojamiento total o parcial.
5- Beneficios fiscales cuotas IAE.
- Reducción de la cuota anual del ejercicio en que haya tenido lugar el siniestro cuando se haya producido realojamiento o daños que hayan obligado al cierre temporal de la actividad.
Quien puede solicitarlo: Todas las personas físicas o jurídicas.
Donde puede solicitarlo: Subdelegación de gobierno de Alicante.
Plazo: Hasta 28-3-17.
A continuación os dejamos el texto integro del RD para mayor información.